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POSTNUPS

Acuerdos postnupciales, similares a los prenupciales, con respecto a la partición de los bienes conyugales, con la salvedad de que se firman después de la boda. Por lo menos un Fondo americano se niega a aceptar nuevos socios hasta que hayan formado un acuerdo postnupcial que impida que uno de los cónyuges, en caso de divorcio, reclame su parte del Fondo, antes del vencimiento. ¡Qué difícil es casarse!

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