GRAN RIESGO
El de un Banco cuando los créditos concedidos a un cliente superan el 10 % de los recursos propios del Banco. (Definición del Banco de España en la Circular de aplicación de las nuevas Normas Internacionales de Contabilidad, NIC.)
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© 2013 Leopoldo Abadia Sr.
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G,
Gran riesgo
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