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FGD

FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS. Organismo que administra los recursos con los que los Bancos, las Cajas y las Cooperativas de Crédito protegen los ahorros que les han sido confiados. Hay un FGD por cada tipo de entidad. En el caso de que una de ellas se declare insolvente, los recursos de su respectivo FGD se utilizan para devolver a los clientes sus ahorros, o al menos, parte de ellos (se garantiza un máximo de 20.000 € por cliente.)

1 comentarios:

Anónimo dijo...

ME GUSTARÍA SABER SI EN LOS 20000 EUROS GARANTIZADOS ENTRAN LAS ACCIONES DEPOSITADAS DE OTROS VALORES, O ÉSTAS QUEDAN FUERA DEL CÓMPUTO Y NO SE VEN AFECTADAS por la quiebra DEL BANCO DEPOSITARIO.
GRACIAS